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Medio Ambiente

Derechos de agua para minería en riesgo: Chile aprueba norma que los caducaría

Caducan los derechos obtenidos bajo el Código de Aguas de 1981.

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Esta semana, la Convención Constituyente de Chile decidió aprobar la norma que caduca todos los derechos del agua para la industria, incluida la minería. Recordemos que estos derechos los entregaba el Código de Aguas, que entró en vigencia en el año 1981.

Cabe precisar que esta decisión, tomada en la Comisión Ambiental de la Convención, corresponde a una votación inicial; de modo que aún no es definitoria, pero entrará al debate para la redacción de una nueva constitución chilena.

En efecto, la norma requiere ahora la aprobación posterior del comité, así como una mayoría de dos tercios de la asamblea en pleno; luego de ello, podría convertirse en parte de un proyecto de estatuto que irá a referéndum en la segunda mitad del año.

Ahora, ¿qué significa que caduquen estos derechos de agua para la minería? En principio, que los derechos otorgados a terceros quedarían sin vigencia.

Ante ello, las mineras y la agroindustria, entre otros, deberán solicitar nuevos permisos temporales para el uso de agua; ya que la norma se basa en un modelo que da prioridad sobre el líquido recurso al consumo humano; así como a mantener las reservas de agua y los derechos indígenas.

Vale decir, también, que existen casos excepcionales donde los titulares de derechos caducados podrían recibir una indemnización.

Un antecedente a la reciente votación sobre los derechos de agua para la minería podría ser el proyecto de ley aprobado, que buscaba limitar las asignaciones ilimitadas de agua a 30 años.

Este proyecto también autorizaba a los reguladores a suspender los derechos que no se utilizan; así como a aquellos en los que los suministros se encuentren en riesgo.

Con los derechos de agua para la minería caducados, ¿cómo se obtendrán las licencias?

Según el texto de la norma, se podrá entregar licencias para uso y aprovechamiento racional del agua asociadas a usos específicos y temporales. Además, quienes las soliciten deben argumentar que cuentan con un caudal mínimo para mantener los ecosistemas; así como los medios de subsistencia y bienestar de las comunidades.

Asimismo, la norma que caduca los derechos de agua para la minería señala que las nuevas licencias podrán modificarse, revocarse o extinguirse. Para ello, la autoridad competente evaluará diversos aspectos, como la suficiencia del caudal o fuente de donde se extrae; así como la seguridad hídrica para el consumo humano o cualquier otra razón de interés general.

Del mismo modo, se les dará mayor participación a las comunidades, naciones y pueblos preexistentes que habiten los territorios.

Por último, la norma establece que el agua no podrá ser objeto de apropiación privada.