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Minería

Explotación del litio, lo declararían de interés nacional

Mineral, además, sería de necesidad pública y recurso estratégico.

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La Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República propone declarar de interés nacional la explotación de litio.

Pues, el grupo de legisladores presidido por la congresista de Unión por el Perú (UPP), Yessica Apaza Quispe; aprobó el texto de ley que propone “declarar de necesidad pública, interés nacional y recurso estratégico la exploración, explotación e industrialización del litio y sus derivados“.

Así, la propuesta legislativa precisa que el otorgamiento de concesión estará a cargo del Instituto Geológico Minero Metalúrgico. Esto de acuerdo, a los artículos 9, 10, 11 y 16 del Decreto Supremo N° 014-92-EM.

El texto, además, indica que si el concesionario se encuentra con una dualidad de sustancias, solo debe explorar y explotar el mineral para el cual recibió la autorización.

En cuanto a las restricciones de la explotación de litio la propuesta señala que esta no se puede realizar “en áreas naturales protegidas, parques geológicos, santuarios históricos; áreas de conservación regional; reserva paisajista, cabeceras de cuencas y otros que la ley restrinja”.

Por otro lado, indica que la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, es el órgano encargado de recepción de la solicitud; evaluación y aprobación de autorización de inicio de explotación del mineral.

Sin embargo, puntualiza que “la autorización de exploración no se sujeta a la aplicación del silencio administrativo positivo y está sujeta a evaluación previa”.

Declaración de impacto ambiental detallado para explotación de litio

De cuerdo con los legisladores, para la exploración y explotación del litio, se requiere la presentación del estudio de impacto ambiental detallado (EIA-d).

El documento debe estar aprobado por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace).

Asimismo, la Dirección General de Minería, antes de otorgar la autorización de explotación; debe realizar el proceso de consulta previa a los pueblos indígenas que serían afectados por el desarrollo del proyecto minero.