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Tras 11 años, Chile aprueba la indemnización para mineros atrapados en mina

De los 33 mineros, 31 recibirán una indemnización de US$55 000.

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Han pasado casi 11 años desde que 33 mineros quedaron atrapados tras el derrumbe de una mina en Chile, para que la justicia de ese país apruebe la indemnización a su favor.

Cabe precisar que, de los 33 mineros que estuvieron 69 días atrapados al interior de la mina al norte de Chile, el fallo aplica para 31 de ellos.

No obstante, la indemnización que recibirán es menor que la planteada en un inicio; ya que la Corte de Apelaciones de Santiago de Chile la rebajó a la mitad.

Así, de manera unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia del Noveno Juzgado Civil de Santiago. En ella, se establecía la responsabilidad por falta de servicio de las demandadas, con declaración que se condena solo al fisco a pagar a cada uno de los mineros demandantes la suma de 40 millones de pesos chilenos (alrededor US$55 000) de indemnización.

Según la Corte de Apelaciones de Santiago, el Estado debe pagar esa cantidad tras “haber faltado a su deber de protección”, ya que, especifica, actuó “con negligencia” y terminó causando “daño moral y psicológico” a cada uno de los afectados.

Vale recordar que, anteriormente, en 2018, se estableció una indemnización de US$100 000, pero el Consejo de Defensa del Estado (CDE) apeló la sentencia. El argumento del CDE consistía en que los mineros ya habían recibido una compensación mediante la aprobación de su pensión vitalicia, que, si bien no se trata de una indemnización concreta, los mineros reciben 400.000 pesos, (US$550) al mes.

Indemnización a mineros chilenos tras negligencia del Estado

La resolución del caso acredita el actuar negligente de los órganos del Estado, la existencia del daño causado y la relación de causalidad entre ellos. Así, en este último aspecto, no se debe desconocer que, si los órganos de la administración del Estado hubieran cumplido con su obligación legal de la forma en que fue previsto (como ha sido observado y concluido en la investigaciones realizadas como consecuencia del accidente de autos), en atención a la actividad de riesgo realizada por la empresa minera y la falta de condiciones de seguridad evidentes desde años antes del accidente, los 33 trabajadores no hubiesen terminado enterrados vivos en dicho yacimiento”.

Además, la Corte recalca que “la Mina San José contaba con todas las autorizaciones que le exige la ley para funcionar, a pesar de incumplir de manera reiterada y crónica con las exigencias básicas, constatado todo por los diversos entes estatales”.